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Billet de blog 1 octobre 2013

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Privan de la libertad y violan el debido proceso de personas solicitantes de refugio en México

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http://redtdt.org.mx/d_acciones/d_visual.php?id_accion=313

Fecha: 01/10/2013


PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y VIOLACIONES AL DEBIDO PROCESO DE PERSONAS SOLICITANTES DE LA CONDICIÓN DE REFUGIO EN EL CENTRO DE DETENCION PARA MIGRANTES DE TAPACHULA, MÉXICO.

El Centro Fray Matías de Córdova A.C (CDH Fray Matías) ha hecho constantes denuncias1 respecto a las violaciones a derechos de personas migrantes y solicitantes de la condición de refugiado que se encuentran privadas de su libertad en la Estación Migratoria Siglo XXI (EM SXXI), centro de detención para migrantes ubicado en Tapachula, Chiapas. A la fecha la situación se mantiene igual e incluso se ha agravado en el caso de las personas solicitantes de refugio, quienes continúan privadas de su libertad por meses y con graves irregularidades en su proceso de refugio y en las condiciones de vida que sufren en el centro de detención.

HECHOS

El día 3 de marzo del 2013 la familia Rodríguez, de nacionalidad hondureña, conformada por cuatro adultos y cuatro menores de edad salió de su país con la finalidad de buscar la protección del gobierno Mexicano, debido a la inseguridad en aquel país y que uno de sus integrantes estaba involucrado en la defensa y promoción de derechos humanos. Al llegar a territorio mexicano diez días después fueron puestos a disposición del Instituto Nacional de Migración (INM), quién a su vez notificó a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) que deseaban solicitar la condición de refugio.


Después de 112 días de esperar la protección del gobierno mexicano, privados de la libertad en la EM SXXI, el día 09 de septiembre se les negó la protección por segunda ocasión, desestimándose pruebas entregadas a la COMAR que muestran los altos índices de violencia y la persecución política por parte de agentes estatales y paraestatales hacia uno de los integrantes de la familia por ser un dirigente político nacional, que así mismo documentaban el asesinato de cerca de 414 simpatizantes de su misma corriente política.


La COMAR negó las garantías al debido proceso, no consideró principios fundamentales como el interés superior del niño/a, propició irregularidades en el procedimiento de solicitud, omitió información acerca de las alternativas para la detención para continuar el proceso en libertad, además de tener un juicio parcial en la obtención de información del país de origen en su primera y segunda respuesta al haber recabado pruebas únicamente de la representación diplomática mexicana en Honduras. A esto se incorpora el tiempo excesivo en los plazos para dar una respuesta a la solicitud.


Esta detención prolongada deterioró la salud tanto física y psicológica de cada uno de los y las familiares, entre ellos menores de edad, quienes se vieron afectados por la separación familiar, las presiones psicológicas y los abusos para hacerlos desistir, así como por el hostigamiento constante y desprestigio hacia la familia de parte de personal del Instituto Nacional de Migración (INM), situación que se agravó al momento que el CDH Fray Matías retomó el recurso de apelación. Además estas personas detenidas, manifestaron que sus familiares en el extranjero recibieron llamadas desde México solicitándoles dinero para hacerlo llegar a sus familiares o informarles de su paradero, situación que les pareció sospechosa ya que el INM es la única instancia que cuenta con estos datos de contacto.


Estas irregularidades y vejaciones hicieron que la familia aceptara ser deportada, renunciando a continuar con cualquier proceso poniendo en riesgo su vida al regresar a Honduras.


La preocupación del CDH Fray Matías radica en que el caso de la familia Rodríguez no es aislado. Existen en estos momentos el acompañamiento a 17 personas mujeres y hombres adultos, así como menores de edad, mujeres embarazadas que solicitan la condición de refugiado y que son apoyadas por la organización. Todas ellas se encuentran detenidas en la EM SXXI2 bajo las mismas condiciones de irregularidades y vejaciones documentadas en la familia Rodríguez. Personas a los que se les niega esta protección internacional y que se encuentran en una situación que lejos de garantizar los derechos humanos, afecta de manera transversal su integridad física, emocional y garantías jurídicas como solicitantes de refugio.


Por lo anterior instamos a las autoridades mexicanas y en particular a la COMAR a:

  • Poner en libertad a las personas solicitantes de la condición de refugiado que se encuentran en la Estación Migratoria de Tapachula y en otros centros de detención para migrantes del país.
  •  Establecer medidas alternativas a la detención para la población solicitante de la condición de refugiado, garantizando los derechos de debido proceso, así como condiciones dignas de vida como es la alimentación, vivienda, trabajo y estudio, entre otros.
  • El acceso a las garantías del debido proceso, respetando la normativa nacional e internacional en relación a la determinación de la condición de refugiado.
  • Revisar que en el procedimiento de refugio en México, se valore la situación de países de origen con fuentes adicionales a las oficiales, considerando la situación de violencia que se vive en Centroamérica, que está ocasionando la salida de miles de personas de manera forzada.
  • Investigar, identificar, juzgar y en su caso sancionar administrativa y/o penalmente a funcionarios responsables de violación de derechos humanos bien sea por acción u omisión.
  • Asegurar la presencia de representantes legales y personas de confianza de las personas solicitantes de esta condición que vigilen el proceso de solicitud y que se haga efectivo el acceso a la justicia previo, durante y al finalizar el proceso, sin penalizar a la persona si usa su derecho al recurso.

INFORMACIÓN ADICIONAL


La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) instancia encargada de los procedimientos de reconocimiento, cesación, cancelación y revocación de la condición de refugiado, en sus estadísticas ha registrado hasta agosto del presente año3 860 solicitudes de refugio, de las cuales 187 fueron reconocidas como refugiados y 29 con protección complementaria; lo que indica que 644 personas solicitantes, no han sido reconocidas como tal, han abandonado el proceso o han desistido.


El número de desistimientos de las personas que solicitan refugio en condiciones de detención es alto; muchas de estas son encerradas durante el trámite de su solicitud contradiciendo estándares internacionales que exigen que estas personas no estén privadas de su libertad pues la detención incrementa los niveles de inestabilidad emocional e incertidumbre. El encierro a su vez se prolonga por la demora de la COMAR en responder la solicitud de protección y la Ley de Migración que no contempla un tiempo determinado de detención para las personas que hayan interpuesto un recurso administrativo o judicial4, lo que influye en que las personas desistan, principalmente cuando están acompañadas de sus familias, violándose así de manera integral sus derechos humanos.


A pesar de que México cuenta con normatividad progresiva en materia de refugio y ha ratificado diversos tratados en materia de derechos humanos continúa la privación de libertad y las violaciones a las garantías del debido proceso establecidas constitucionalmente.

1 Segundo informe sobre derechos humanos y condiciones de vida de las personas migrantes en el centro de detención de la Ciudad de Tapachula, Chiapas.

2 Algunos casos de detención prolongada son el de dos personas originarias de Honduras detenidas desde hace cinco y tres meses respectivamente, el de un persona salvadoreña detenida hace 4 meses y el de una proveniente de República Dominicana desde hace 4 meses, por ejemplificar algunos.

3 http://www.comar.gob.mx/es/COMAR/Estadisticas
4 Así lo establece el artículo 111, Fracción V de la Ley de Migración de mayo 2011.

ACCIÓN URGENTE EMITIDA POR: CENTRO DE DERECHOS HUMANOS "FRAY MATÍAS DE CÓRDOVA"

Nombre: Email: Para: secretario@segob.gob.mx, pguillen@segob.gob.mx, correo@cndh.org.mx, cidhdenuncias@oas.org, avargas@inami.gob.mx, sandravelud@segob.gob.mx, jalegria@inami.gob.mx, direccion@cdhfraymatias.org Tema: Privan de la libertad y violan el debido proceso de personas solicitantes de refugio en México Mensaje:
Señor,


He sido informado que el pasado 3 de marzo la la familia Rodríguez, de nacionalidad hondureña, conformada por cuatro adultos y cuatro menores de edad salió de su país con la finalidad de buscar la protección del gobierno Mexicano, debido a la inseguridad en aquel país y que uno de sus integrantes estaba involucrado en la defensa y promoción de derechos humanos.

Al llegar a territorio mexicano diez días después fueron puestos a disposición del Instituto Nacional de Migración (INM), quién a su vez notificó a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) que deseaban solicitar la condición de refugio.

Después de 112 días de esperar la protección del gobierno mexicano, privados de la libertad en la EM SXXI, el día 09 de septiembre se les negó la protección por segunda ocasión, desestimándose pruebas entregadas a la COMAR que muestran los altos índices de violencia y la persecución política.

Esta detención prolongada deterioró la salud tanto física y psicológica de cada uno de los y las familiares, entre ellos menores de edad, quienes se vieron afectados por la separación familiar, las presiones psicológicas y los abusos para hacerlos desistir, así como por el hostigamiento constante y desprestigio hacia la familia de parte de personal del INM, situación que se agravó al momento que el Centro de Derechos Humanos Fray Matías retomó el recurso de apelación. Además estas personas detenidas, manifestaron que sus familiares en el extranjero recibieron llamadas desde México solicitándoles dinero para hacerlo llegar a sus familiares o informarles de su paradero, situación que les pareció sospechosa ya que el INM es la única instancia que cuenta con estos datos de contacto.

Estas irregularidades y vejaciones hicieron que la familia aceptara ser deportada, renunciando a continuar con cualquier proceso poniendo en riesgo su vida al regresar a Honduras.

Mi preocupación radica en que el caso de la familia Rodríguez no es aislado. Ya que a la fecha según información del CDH Fray Matías existen 17 personas soliciando la condición de refugiado pasando por las mismas condiciones.

Ante estos hechos le insto:

- Poner en libertad a las personas solicitantes de la condición de refugiado que se encuentran en la Estación Migratoria de Tapachula y en otros centros de detención para migrantes del país.

-Establecer medidas alternativas a la detención para la población solicitante de la condición de refugiado, garantizando los derechos de debido proceso, así como condiciones dignas de vida como es la alimentación, vivienda, trabajo y estudio, entre otros.

-El acceso a las garantías del debido proceso, respetando la normativa nacional e internacional en relación a la determinación de la condición de refugiado.

- Revisar que en el procedimiento de refugio en México, se valore la situación de países de origen con fuentes adicionales a las oficiales, considerando la situación de violencia que se vive en Centroamérica, que está ocasionando la salida de miles de personas de manera forzada.

- Investigar, identificar, juzgar y en su caso sancionar administrativa y/o penalmente a funcionarios responsables de violación de derechos humanos bien sea por acción u omisión,

- Asegurar la presencia de representantes legales y personas de confianza de las personas solicitantes de esta condición que vigilen el proceso de solicitud y que se haga efectivo el acceso a la justicia previo, durante y al finalizar el proceso, sin penalizar a la persona si usa su derecho al recurso.

Atentamente

Importante:
Al envíar esta información, Autorizo a -Red TDT- comunicar en mi nombre estas solicitudes. Esta información no será distribuida a terceras partes.
Consultar el aviso de privacidad.

Directorio de Destinatarios:

Pueden enviar sus llamamientos a las siguientes autoridades:

Lic. Miguel Ángel Osorio Chong
Secretario de Gobernación
Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F.
C.P. 06600, México, FAX (55) 5093 34 14
Correo electrónico: secretario@segob.gob.mx

Lic. Paloma Guillen Vicente
Subsecretaria de Población, Migración y Asuntos Religiosos
Secretaría de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez
Delegación Cuauhtémoc, México D.F.
C.P. 06600, México FAX (55) 5728-7400 Ext. 34586
Correo electrónico: pguillen@segob.gob.mx

Dr. Raúl Plascencia Villanueva
Presidente
Comisión Nacional de Derechos Humanos
Edificio "Héctor Fix Zamudio", Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Angel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040
Fax: 55 36 68 07 67
Correo electrónico: correo@cndh.org.mx

Emilio Álvarez Icaza
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
1889 F Street NW, Washington, D.C., 20006, Estados Unidos
Teléfono: 1 (202) 458 6002
Fax: 1 (202) 458 3992 / 6215
Correo electrónico:cidhdenuncias@oas.org

Ardelio Vargas Fosado
COMISIONADO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN (INM)
Correo: avargas@inami.gob.mx

Sandra Gabriela Velasco Ludlow
Coordinadora General
Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) Correo: sandravelud@segob.gob.mx

Jordán de Jesús Alegría
DELEGADO DEL INM EN CHIAPAS
TAPACHULA, CHIAPAS
Correo: jalegria@inami.gob.mx
Enviar copia de sus llamamientos a:
direccion@cdhfraymatias.org
Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, A.C.

Archivos:

Archivo Descripción Fecha ACCION URGENTE_DETENCION_SOLICITANTES_REFUGIO-1.pd
Privan de la libertad y violan el debido proceso de personas solicitantes de refugio en México 01/10/2013

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